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Apartar el IVA y el IRPF: el dinero que cobras y no es tuyo

Parte de lo que entra en tu cuenta es de Hacienda. Cómo funcionan el IVA y el pago fraccionado del IRPF, y por qué conviene apartarlo en una cuenta o hucha aparte.

Llega el día 20 del mes de los impuestos y la cuenta no da. Has facturado bien durante el trimestre, pero el dinero ya no está. Se fue en gastos, en un mes flojo o en vivir un poco mejor. Es uno de los sustos más comunes del autónomo, y en el episodio 16 lo hablamos sin rodeos. La solución es sencilla de explicar y difícil de cumplir: aparta lo que no es tuyo en cuanto entra.

Un aviso antes de seguir. Esto no es asesoría fiscal. Cada caso es distinto, y quien te tiene que decir cuánto apartar exactamente es tu gestor. Aquí te contamos cómo funciona por encima y qué hábito te ahorra disgustos.

El IVA nunca fue tuyo

Cuando facturas con IVA, cobras un dinero que luego entregas a Hacienda. El tipo general es del 21 %, y hay tipos reducidos del 10 % y del 4 % para ciertos productos y servicios, según la Agencia Tributaria.

Cada trimestre ingresas la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes y el que has pagado en tus compras del negocio. Por eso el IVA no depende de si has ganado dinero o no. Depende de lo que has facturado y de lo que has comprado.

Si en tu cuenta ves 12.100 € de una factura de 10.000 € más IVA, tu dinero son 10.000. Los otros 2.100 están de paso.

El IRPF se calcula sobre lo que ganas

Si eres autónomo en estimación directa, cada trimestre adelantas parte de tu IRPF. La Agencia Tributaria lo fija en el 20 % del rendimiento neto acumulado desde enero: ingresos menos gastos deducibles. Los profesionales que el año anterior tuvieron retención en al menos el 70 % de sus ingresos no tienen que hacerlo.

Los plazos son del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el último trimestre.

Aquí conviene una pequeña corrección a lo que dijimos en el episodio. Comentamos que había que apartar más o menos un 41 % de la facturación, sumando el 21 % del IVA y un 20 % de IRPF. La idea de fondo es buena, pero las cuentas no son así. El IVA va encima de tu base, no sale de ella. Y el 20 % del pago fraccionado se aplica sobre el beneficio, no sobre todo lo que facturas. Si tienes gastos, la cifra real es menor. Pide a tu gestor que te diga qué porcentaje tiene sentido en tu caso.

Una cuenta o una hucha solo para impuestos

El hábito que defendimos en el episodio tiene nombre casero: el bolsillo del IVA. Es una tercera cuenta, aparte de la personal y la del negocio. Cada vez que cobras, pasas ahí la parte de impuestos. Y no la tocas.

Si no quieres abrir otra cuenta, muchos bancos ofrecen huchas dentro de la misma cuenta. Es un apartado donde guardas dinero y lo devuelves a la cuenta cuando lo necesitas. Puedes tener una para el IVA y otra para el IRPF.

Lo importante no es la herramienta. Es que ese dinero deje de verse como disponible.

Por qué un mes bueno puede ser una trampa

En el episodio salió un caso que se repite mucho. Un mes de facturación muy alta, seguido de un mes sin ventas. El dinero del mes bueno se usa para tapar el malo, y cuando llega el trimestre, el IVA de aquellas facturas ya se ha gastado.

Si tienes el dinero apartado desde el primer día, te ahorras la lección.

Pagar tarde cuesta dinero

Si no llegas al plazo, tienes opciones, pero ninguna es gratis. Presentar fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda tiene un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, según el artículo 27 de la Ley General Tributaria. También puedes pedir un aplazamiento, pero genera intereses y te deja una deuda para los meses siguientes.

Con la cuota de autónomo pasa algo parecido. En el episodio dijimos que si no la pagas te cae un 20 %. Matizamos: si la pagas dentro del mes siguiente al vencimiento, el recargo es del 10 %, y sube al 20 % a partir del segundo mes, según explican en Autónomos y Emprendedor. Un truco que comentamos: domiciliar estos pagos en una cuenta que siempre tenga saldo, para que nunca se te pase uno por despiste.

Lo que nos llevamos

  • Abre esta semana una cuenta o una hucha solo para impuestos y pasa ahí la parte de cada cobro el mismo día que entra.
  • Pregunta a tu gestor qué porcentaje de tus cobros deberías apartar, en lugar de calcularlo a ojo.
  • Apunta en el calendario el 20 de abril, julio y octubre y el 30 de enero, y revisa una semana antes que el dinero esté.

Esto lo hablamos con más calma en el episodio 16 de 90 & 1. Si te gusta este formato, apúntate a la newsletter y te lo mandamos cada semana.

#IVA#IRPF#autónomos#impuestos trimestrales#finanzas para emprendedores
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Escrito por

Adrián Manso

CEO de Bohe Bonsai. Ecommerce, bolsa y mundo empresarial, donde los números no perdonan.

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